El Real Decreto-ley 2/2021 de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo (BOE 27-01-2021), que entra en vigor el mismo día de su publicación, establece la prórroga de los ERTEs vinculados a la COVID-19, en condiciones similares a las existentes hasta ahora, medidas extraordinarias de protección de las personas trabajadoras, medidas de apoyo a los trabajadores autonómos, y otras medidas laborales, entre las que destacamos las siguientes:
Los porcentajes de exoneración aplicables respecto de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas, en los centros afectados, por los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión, previstos a continuación:
a) El 100 % de la aportación empresarial y cuotas por concepto de recaudación conjunta, cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020.
b) El 90 % de la aportación empresarial y cuotas por concepto de recaudación conjunta, si la empresa hubiera tenido 50 o más personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020.
Aportación empresarial devengada en:
Empresa con menos 50
Empresa con 50 o más
personas trabajadoras o asimiladas de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020:
Febrero 2021
exención del 100%
exención del 90%
Marzo 2021
exención del 80%
Abril 2021
exención del 85%
exención del 75%
Mayo 2021
exención del 80 %
exención del 70 %
La exoneración se aplicará a la aportación empresarial, así como a las cuotas por conceptos de recaudación conjunta.
* LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL PRESENTE ARTÍCULO ES DE CARÁCTER GENERAL Y NO CONSTITUYE ASESORAMIENTO JURÍDICO.